¿Qué hacer si me han llamado para ir a comisaría?
Hola amigos lectores interesados en temas penales. Con el artículo de hoy me gustaría recoger algunos consejos prácticos sobre qué hacer si nos llaman desde un centro policial, ya sea la Policía Nacional, Guardia Civil o alguna de las diferentes policías locales o autonómicas.
1. La identificación de la llamada policial
Si entra una llamada en tu móvil donde aparece un número extenso con cifras seguidas sin espacios (habitualmente de 14 dígitos), puede tratarse perfectamente de un órgano policial o judicial.
El primer consejo que te daría es atender la llamada sin ningún tipo de temor. Al contestar:
Escucha con atención: El agente se identificará e indicará desde qué centro policial realiza la llamada.
Toma nota del requerimiento: Lo habitual es que te soliciten acudir a dependencias policiales.
Pregunta la razón: Suelen facilitar información sobre si se trata de una investigación abierta donde piden tu colaboración o si se ha presentado una denuncia contra ti.
Consejo fundamental: Tanto si te citan como testigo o como denunciado/investigado, el consejo es siempre el mismo: acudir al centro policial el día y hora indicados.
2. ¿Debo ir acompañado de un abogado penalista?
Dependiendo de la condición en la que te citen, las pautas a seguir varían:
Si te citan como denunciado o investigado: Contacta de inmediato con un abogado penalista para que acuda contigo a la Comisaría.
Si te citan como testigo: La ley procesal no exige asistencia letrada. Sin embargo, siempre es aconsejable consultar antes con un especialista. No sería la primera vez que la declaración de un testigo deriva en indicios de participación en el delito, pasando a adquirir la condición de investigado.
La importancia de la confianza con tu abogado
Recomiendo acudir siempre acompañado de un abogado letrado de confianza al que informes de todo el contexto. Cuéntale cuánto sirva para formar una idea exacta del asunto: no hay defensa posible cuando se ignoran datos esenciales de una causa.
3. Trámites y lectura de derechos en Comisaría
Una vez en la Comisaría o Puesto de la Guardia Civil, se practicarán las diligencias informando del motivo de la citación. Si acudes como investigado, se procederá a la lectura de tus derechos (artículo 520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal):
Derecho a ser asistido por un abogado: Podrás designar un letrado particular de tu elección o solicitar uno del turno de oficio.
Entrevista reservada: Tienes derecho a entrevistarte a solas con tu abogado antes de prestar declaración.
Traducción e intérprete: Si no comprendes el idioma español, se facilitará un intérprete de forma gratuita.
4. La toma de declaración: ¿Es mejor declarar o guardar silencio?
En el trámite de declaración se le ofrece al investigado la oportunidad de explicar o aclarar los hechos que se le imputan. Sin embargo, uno de los derechos más valiosos (artículo 24 de la Constitución Española) es el derecho a guardar silencio.
Puedes optar por no declarar.
Puedes contestar únicamente a las preguntas de tu abogado.
Puedes manifestar que solo declararás ante la Autoridad Judicial.
Mi consejo profesional: Es un derecho de enorme practicidad. Ante la duda o el nerviosismo, más vale guardar silencio en la Comisaría hasta que concluya la investigación policial. Así se podrá obtener una copia del expediente judicial, estudiarlo con detenimiento y dar las explicaciones oportunas ante el Juez de Instrucción.
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En próximos artículos abordaremos también los mejores consejos para declarar ante el Juzgado en fase de instrucción. Pero de momento y por hoy, esto es todo.
Hasta la próxima.
Manuel Cuadrado
N.º 2739 ICA GIJÓN
Cuadrado Abogados — Especialistas en Derecho Penal
